jueves, 24 de octubre de 2013

Campomar: informan al juez Blanco sobre la causa y solicitan medidas de prueba

Evitar la venta de Campomar. Podría vincularse a otras causas de lesa humanidad.
La Comisión Provincial por la Memoria decidió informar al Juzgado Federal Criminal y Correccional de La Plata a cargo del Juez Humberto Blanco sobre lo actuado en relación a la ex fábrica Campomar, cuyo predio podría haber funcionado como centro clandestino de detención, durante la última dictadura en la localidad de Valentín Alsina, Lanús.

Luego de que la medida cautelar de no innovar dispuesta por la Cámara Federal quedara agotada, el organismo informó todo lo tramitado al Juzgado Federal de Instrucción Nº3. En ese marco también se solicitaron medidas de prueba documental, testimonial y pericial del lugar, al considerar que puede surgir información relevante en relación a los hechos vinculados a la investigación de la llamada causa Camps residual que lleva adelante esa dependencia judicial.

El alerta

En agosto del año pasado, ante la inminente construcción de un complejo urbanístico de torres que comenzaría con la demolición de la ex fábrica, varios vecinos decidieron dar su testimonio sobre la presencia de militares y movimientos de vehículos en ese predio durante la dictadura. Veían con preocupación la demora del estado para intervenir en función de la preservación del lugar, en el caso de confirmarse su funcionamiento como centro de detención ilegal y clandestina.

Campomar dejó de funcionar como centro de trabajo industrial durante el año 1972. Dentro del predio, en la esquina de las calles Molinedo y Erezcano, funciona en la actualidad y también funcionaba durante el período 1976–1983, la Escuela de Enseñanza Media Nº 9. Los testimonios de docentes y vecinos del lugar en ese período dan cuenta de la existencia de ropa tirada en la zona de la fábrica, gritos y tiros provenientes del sitio y presencia de soldados en el ingreso, entre otras cosas.

Esto se suma a la relación con la Comisaría Tercera de Lanús, que se encuentra a tres cuadras de la ex Campomar y funcionó como centro clandestino de detención dentro del denominado Circuito Camps.

La cautelar

En septiembre de 2012 la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata dio lugar a la medida cautelar de no innovar presentada por la CPM y dio intervención al Equipo Argentino de Antropología Forense.

Dos meses después se conoció la resolución en la que dictaminaron que “…la ponderación de todos los elementos incorporados no permiten concluir que efectivamente, en la ex fábrica Campomar haya operado un centro clandestino de detención. Sí es plausible la hipótesis de su utilización ocasional por fuerzas militares y policiales, sobremanera si se repara en la circunstancia de que a pocas cuadras del lugar se ubica la Comisaría 3º de Lanús que conformó el denominado “Circuito Camps”…”. Es por esto que desde la CPM aseguran que “las diligencias efectuadas en la causa por la medida cautelar, no agotan la investigación y no implica que no se hayan cometido delitos de lesa humanidad en el mismo”.

Desde el organismo argumentan que no se agotaron las pericias ni estudios tendientes a buscar, estudiar y posiblemente detectar, la existencia de pruebas para determinar la función otorgada al predio durante la dictadura. Además consideran de vital importancia la prueba testimonial y en ese marco solicitaron las nuevas medidas probatorias.

martes, 15 de octubre de 2013

Paraná 10 años de impunidad : demoras en juzgar a represores

La causa con más denuncias por crímenes de lesa humanidad en Entre Ríos está parada hace dos años. Se reabrió hace dieza años. La brigada de Comunicaciones de Paraná fue el principal centro clandestino de detención.

Por Juan Cruz VarelaDesde Paraná

La megacausa Area Paraná, en la que se concentra la mayor cantidad de denuncias por crímenes de lesa humanidad cometidos en la provincia de Entre Ríos, está a punto de cumplir diez años sin sentencia. Tiene 52 víctimas, se investigan 5 desapariciones forzadas de personas, hay 10 represores procesados y otros 11 fallecidos durante el proceso.

La causa se inició en 1987, cuando la Cámara Federal de Apelaciones asumió el conocimiento del proceso ante la falta de resultados de las investigaciones en los tribunales militares, pero se clausuró por la sanción de las leyes de impunidad. En diciembre de 2003, el fiscal general Ricardo Alvarez pidió su desarchivo y, en mayo de 2004, la jueza federal ad hoc Myriam Galizzi dispuso la reapertura del expediente. Diez años después, la causa Area Paraná se mantiene como en una nebulosa.

Ante la irritante demora del proceso, la agrupación Hijos Regional Paraná lanzó hace unos días una campaña de recolección de firmas para exigir celeridad en el proceso. “En esta década que termina, que ha sido la década del juicio y castigo en Argentina, la Justicia federal de Paraná no ha sabido hasta ahora cumplir con su parte y sigue en deuda con las víctimas, sus familiares, los organismos de derechos humanos y el pueblo en su conjunto”, manifestaron.

Lo cierto es que el camino que ha recorrido el expediente ha sido pedregoso. Primero hubo una larga discusión jurídica que la Corte Suprema zanjó a favor de los represores, al disponer que el proceso se tramite por el antiguo Código de Procedimientos en Materia Penal, de 1888 –vigente al momento en que se cometieron los hechos– que prevé que las actuaciones sean escritas. En la Capital Federal, las causas ESMA y Primer Cuerpo de Ejército, que también se habían iniciado en la década del ’80 y se reabrieron en 2003, en cambio, se tramitaron por el nuevo código y se hicieron juicios orales.

Saldada la discusión procesal, entre 2009 y 2011 fueron detenidos, indagados y procesados diez ex militares, policías, agentes penitenciarios y civiles, entre ellos el ex comandante del II Cuerpo de Ejército Ramón Genaro Díaz Bessone. En abril de 2011 se clausuró la instrucción y a partir de julio los fiscales y querellantes formularon sus acusaciones. Pero desde entonces la causa volvió a empantanarse, esta vez por una sucesión de chicanas dilatorias que impusieron las defensas.

Los fiscales Ricardo Alvarez y José Ignacio Candioti calificaron la maniobra como una “fiesta de recusaciones”, con la cual los represores impugnaron a nueve magistrados: tras la clausura de la instrucción y el apartamiento de Gustavo Zonis, la Cámara designó a Fermín Ceroleni como juez de sentencia, pero con el correr de las actuaciones fue recusado y luego ocurrió lo mismo con Aníbal Ríos, Beatriz Aranguren, Pablo Seró, Ladislao Uzín Olleros, Roberto Lerena, Leandro Ríos, Rubén Efraín Cabrera y Jorge Delorenzi. Los argumentos suelen ser ridículos. En el caso de Cabrera, por ejemplo, llegó a ser acusado de tener “resentimiento”, “encono” y “animadversión” hacia los imputados y fue recusado por su condición de apoderado del PJ de Entre Ríos, ya que el partido ha expresado “un interés explícito y manifiesto en obtener condenas” en las causas por delitos de lesa humanidad, según dijeron. No menos absurdo es el pedido para apartar a Leandro Ríos por ser hijo de Aníbal, que había intervenido antes en el expediente.

“Con esas maniobras, y por la forma engorrosa que tiene el trámite en el antiguo sistema penal, los represores lograron que cada recusación se tramitara hasta el hartazgo y así se fue dilatando el proceso”, admitió un funcionario judicial a Página/12. “Era una sucesión de recusaciones y se notaba que había una actuación coordinada entre ellos”, acotó.

Uno de los acusados, el ex policía Cosme Demonte, llegó a formular una denuncia penal en la Justicia provincial contra Ceroleni y el secretario Juan Rosas Paz por abuso de autoridad, la cual fue archivada sin más trámite; y hace unos días ingresaron al Consejo de la Magistratura tres denuncias de Demonte y Jorge Humberto Appiani, otro de los imputados, contra los integrantes de la Cámara federal por “enemistad manifiesta” y contra el secretario del juzgado por “violación de los deberes de funcionario público, abuso de autoridad y omisión de los actos de oficio”.

Hace unos días, la Cámara tomó dos decisiones que podrían sacar a la causa del estancamiento: confirmó a Leandro Ríos como juez de sentencia y ordenó continuar con la ronda de contestaciones de las defensas de los represores a las acusaciones de los fiscales y querellantes, tal como establece el código escrito. Al mismo tiempo, dictó una resolución por la cual rechazó in limine numerosos planteos efectuados por Demonte y Appiani, por considerarlos “a todas luces infundados” y con el único objetivo de frenar “los esfuerzos que la sociedad toda, y el Poder Judicial en especial, viene desarrollando para llevar adelante la intensa tarea de investigación y juzgamiento de crímenes de lesa humanidad, cometidos durante la última dictadura militar”. Del mismo modo, el juez Ríos les llamó la atención a ambos por las dilaciones que esos recursos generan en la tramitación del expediente.

De todas maneras, aun cuando no se produzcan nuevas dilaciones, la causa no tendrá sentencia este año. El antiguo código prevé que tras los descargos de las defensas se abra una etapa de producción de prueba, en la que las víctimas esperan poder dar testimonio en instancias públicas y luego el pedido concreto de pena y el veredicto.