martes, 10 de enero de 2012

Un dictamen ratificó la destitución del ex camarista mendocino Luis Miret

La Procuración General de la Nación resolvió que debe confirmarse su despido por violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura militar.

El ex camarista federal mendocino Luis Francisco Miret sufrió un nuevo revés en la justicia, luego del dictamen de la Procuración General de la Nación que resolvió que debe confirmarse su destitución por violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura militar, indicaron esta mañana fuentes judiciales.

La Procuradora Laura Monti recomendó a la Corte Suprema de Justicia el rechazo de un recurso de "queja" presentado por el ex magistrado destituído por un "jury de enjuiciamiento" en marzo de 2011 al constatarse su "mal desempeño" frente a denuncias por torturas y vejaciones a personas detenidas en 1975.

Miret argumentaba que el jury "carecía de jurisdicción al momento de dictar su fallo" ya que "había presentado su renuncia" ante el Poder Ejecutivo, pero no había sido aceptada, lo que, a su entender, "debía interpretarse como una aceptación tácita de aquella".

Sin embargo, la Procuradora Monti replicó que "si se considerara que el Poder Ejecutivo Nacional puede aceptar tácitamente la renuncia de un juez sometido a enjuiciamiento, se violaría la división de poderes y se causaría un daño a la comunidad", por lo que dictaminó a favor del rechazo del recurso del ex magistrado.

En marzo del 2011, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación removió de su cargo al entonces camarista mendocino "como fin de un proceso que se originó en la denuncia de una serie de personas y organizaciones de derechos humanos con fundamento en cargos vinculados con su actuación como magistrado en diversos juicios".

El destituído camarista también afirmaba que "no conoció en plenitud los hechos que aquí se le endilgan", pero Monti sostuvo que "la falta de demostración en forma clara, inequívoca y concluyente de lesión a las reglas estructurales del debido proceso en el trámite del juicio político, deriva en que no haya materia federal para la intervención de la Corte por la vía que se intenta".

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